FRACCIÓN XVII - CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO.

FRACCIÓN XVII - CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO.

ARTICULO 95

Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.

Artículo 95 ° Fracción XVII Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.

Descripción:En cumplimiento a la presente fracción, los sujetos obligados deberán publicar información organizada en dos secciones: la primera relativa a la normatividad que regula las relaciones laborales con el personal que en él trabaja, incluidos los contratos colectivos de trabajo del personal de base y los contratos del personal de confianza; especificando el tipo de personal (base o confianza), la normatividad laboral aplicable, las condiciones generales de trabajo así como la fecha de su publicación y última modificación, la denominación del contrato, convenio u otro documento que regule la relación laboral, publicando el documento completo. La segunda deberá especificar cuáles son los recursos públicos económicos – en especie o donativos – que ha entregado a los sindicatos, el ejercicio y periodo que se informa, mencionando la fecha de entrega de los recursos, el tipo de recurso público (efectivo, en especie, materiales, donativos), monto, objeto de la donación, descripción de los recursos en especie y nombre del sindicato al que se le entregó el recurso.


 

 

 

Fecha

02 Septiembre 2019

Etiquetas

Normatividad
STASAM

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Nuestro gremio es un organismo enfocado a la representación de sus miembros en la defensa de los derechos individuales que les correspondan, sin perjuicio del derecho de los trabajadores para obrar o intervenir directamente. Con esta lucha incansable de jornadas laborales justas y equitativas al trabajo realizado, días de descanso suficientes y remuneraciones salariales oportunas, asi como la protección requerida para el tipo de labor desempeñado se permite a los agremiados y sus familias el pleno desarrollo económico, social, cultural y educativo, para cubrir las necesidades de vivienda, vestido y recreación a las que cada ciudadano tiene derecho en nuestro país.

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